El PP recurrirá judicialmente los proyectos de urbanización del eje ciclista Paseo del Espolón-Plaza de la Diversidad y Oeste
El PP recurrirá judicialmente los proyectos de urbanización del eje ciclista Paseo del Espolón-Plaza de la Diversidad y Oeste

Los populares reclaman su anulación y la suspensión de la contratación de las obras por ser nulos de pleno Derecho.

Hoy han presentado Recurso de Reposición ante el Ayuntamiento previo a la vía judicial ante el Tribunal Contencioso-Administrativo

El portavoz del Grupo Municipal en el Ayuntamiento de Logroño, Conrado Escobar, y la concejala, Celia Sanz, han anunciado esta mañana que su formación inicia la vía judicial frente al proyecto de las obras del eje ciclista Paseo del Espolón-Plaza de la Diversidad y el proyecto de obras eje ciclista Oeste.

Los populares han presentado hoy un Recurso de Reposición frente a los acuerdos de la Junta de Gobierno local de 3 de junio de 2022 que aprobaban los mencionados proyectos así como de los expedientes de contratación de las respectivas obras. “Solicitamos que se anulen los acuerdos y se suspendan los expedientes de contratación de las obras. En el recurso argumentamos que son proyectos nulos de pleno Derecho”, ha señalado Escobar.

El portavoz popular ha explicado que hoy han presentado el Recurso de Reposición ante el Ayuntamiento de Logroño, si la respuesta a sus reclamaciones no es satisfactoria presentarán recurso judicial en la vía contencioso-administrativa.

En su recurso los populares ponen de manifiesto que los acuerdos que se impugnan no cuentan con el amparo normativo necesario para ser adoptados porque “han sido aprobados por  órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia (artículo 47.1.b) Ley de Procedimiento Administrativo) y han sido dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido (artículo 47.1.e) LPAP)”.  Y además, uno de los proyectos, el del eje ciclista Paseo del Espolón-Plaza de la Diversidad no está firmado por técnico competente.

Los populares argumentan en el recurso que “ambos proyectos pasarían a ser actuaciones definitivas y permanentes que alteran la regulación y la ordenación del tráfico urbano de la ciudad y se han planteado olvidando el ordenamiento jurídico aplicable. La competencia para regular y ordenar el tráfico urbano de la ciudad es del Pleno del Ayuntamiento de Logroño a través de la Ordenanza municipal y no de la Junta de Gobierno local a través de Proyectos de Urbanización”, han detallado.

Han explicado que  el recurso está sustentado por un informe técnico, emitido por el arquitecto Enrique Manzano Martínez (Doctor Arquitecto/Urbanista del COAM 10847) en el que se asevera que  se está transformando profundamente urbanísticamente el municipio de Logroño, a espaldas del planeamiento existente y sin someterse a ningún plan normativo redactado y sometido a los plazos de aprobación e información al público obligatorios, y sin estar publicados en boletín alguno” (página 10). Ayuntamiento de Logroño ha provocado “una perversa inversión de los procesos de planificación, que dispone de actuaciones dispersas sin ninguna relación estructural entre ellas” (página 19)”.

En este sentido los populares han añadido que lo cierto es que estamos presenciando un cambio en el modelo de ciudad perpetrado de manera encubierta y mediante parches a través de Proyectos de Urbanización con total desprecio por el ordenamiento jurídico vigente y sin contar con el previo marco normativo.

En el recurso se incide  en que los  dos Proyectos de Urbanización recurridos no cuentan con informes especializados, tampoco se han sometido a ningún trámite de audiencia y se ha hurtado a los vecinos de Logroño la posibilidad  de impugnar adecuadamente el cambio de modelo de movilidad de ciudad lo que conlleva que vulneran el principio de legalidad , vulneran el derecho a participar  e incurren en desviación de poder y fraude de Ley  al intentar reordenar la ciudad  al amparo de instrumentos no idóneos.

Los populares afirman que el Ejecutivo local ha aprovechado una situación provisional y de emergencia como era la generada por el COVID-19 para implementar actuaciones definitivas y permanentes que alteran la regulación y la ordenación del tráfico urbano sin cumplir con el procedimiento legal establecido. Así ni la estrategia ‘Logroño Calles Abiertas’, ni la ‘Estrategia para la movilidad activa en Logroño. COVID-19’ ni los proyectos  de urbanización que se impugnan, han sido sometidos a los mecanismos de control a los que sí están sometidas las Ordenanzas municipales y los instrumentos de planeamiento.

El Grupo Municipal Popular ha solicitado en el Recurso como medida cautelar la suspensión de la ejecución de los proyectos recurridos y de los subsiguientes procedimientos de licitación para evitar  que se causen perjuicios  de imposible o difícil reparación a la ciudad de Logroño, los vecinos y los posibles adjudicatarios  de los contratos de obra. Recuerdan que el artículo 117.2 LPAP dispone  que “el órgano a quien competa resolver el recurso, previa ponderación, suficientemente razonada, entre el perjuicio que causaría al interés público o a terceros la suspensión y el ocasionado al recurrente como consecuencia de la eficacia inmediata del acto recurrido, podrá suspender, de oficio o a solicitud del recurrente, la ejecución del acto impugnado cuando concurran alguna de las siguientes circunstancias: a) Que la ejecución pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación. b) Que la impugnación se fundamente en alguna de las causas de nulidad de pleno derecho previstas en el artículo 47.1 de esta Ley”.

Han añadido que desde el Grupo Popular se ha puesto en manos de un despacho  jurídico especializado  el estudio de una eventual concurrencia de responsabilidad penal.

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